viernes, 28 de agosto de 2009

La parte practica

Como quiera que se trata de un ramo de Derecho para quienes no estudian la carrera de Derecho, es conveniente que los alumnos conozcan los Tribunales con los que forzosamente, durante su desempeño profesional, tendrán que tener alguna participación tarde o temprano.
En este orden de ideas, señalo aquí las distintas audiencias en que tendrá participación este profesional, y a las que pueden asistir quienes lo deseen, en un número no superior a cuatro estudiantes por cada oportunidad.
JUZGADO DEL TRABAJO DE VALDIVIA calle Aníbal Pinto 1925, Cuarto Piso (Hay ascensor)
28 agosto, 9,30 horas causa por accidente del trabajo
1 septiembre 10,30 horas causa por despido injustificado
2 septiembre 8,30 horas causa por no pago de indemnización por años de servicio a profesor que jubila y que laboraba en el Sector Municipal.
9,30 horas, juicio Monitorio, esto es, por una materia por la que se discute una suma no superior a diez ingresos mínimos (Juicio muy rápido)
9 septiembre 8,30 horas, causa de profesor que jubila y no se le paga mes por año
10 septiembre 10 horas, juicio por desafuero maternal (toca con magistrado dama)
11 septiembre 8,30 horas, juicio por despido injustificado. Se despide a trabajador sin pagarle suma alguna de dinero, aduciendo que se negó a trabajar.
14 septiembre 9,30 horas JUICIO DE TUTELA Se despide a trabajador bancario lesionando sus derechos fundamentales, discriminándole porque su cónyuge tiene participación en una sociedad que tiene deudas.
23 septiembre 8,30 Causa especial porque una persona jubilada hace más de veinte años pretende que se calculó mal su pensión de jubilación
29 septiembre 9 horas CAUSA ESPECIAL EN QUE SE ACUMULARON MAS DE TREINTA CAUSAS. Varios trabajadores despedidos de un supermercado que cambió de dueños y no se les pagó nada a los trabajadores.
Además, este lunes se alega en la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia, un RECURSO DE NULIDAD La ILTMA CORTE queda en calle San Carlos frente al Edificio donde se encuentran los Servicios Públicos centralizados Tesoreria General de la República y Servicio de Impuestos Internos.

miércoles, 19 de agosto de 2009

alumnos asistentes

Aranda S., Tomás
Arriagada, Carolina
Burgos, Alonso
Burgos Rodríguez Camila
Campos Orostegui Alberto
Cañoles Cardenas Pablo
Carrillo, Soledad
Cea Almonacid, Paulina
Díaz, Felipe
Döerner Poveda, Luis
Fernandez Belmar, Carolina
Flores González, Diego
Gómez Muñoz, Camila
Gutierrez H., Héctor
Jaramillo Almuna, Carolina
Jaramillo Guíñez Aaron
Lehnebach, Guillermo
Lehnebach, Ignacio
Levin R., Nelson Ignacio
Lucas Ortega, José
Muñoz Cadagán, Andrés
Ovando, Esteban
Peña Droguett, Jonathan
Peña Ñ, Paola
Pustela Jara, Miguel
Railaf Aguayo, Jesús
Rodríguez, Natalia
Salazar, Ignacio
Segovia, Gabriela
Sotomayor, Carolina
Torres Becerra, Mª Fernanda
Torres Peña, Texia
Troncoso, Nicole
Valdebenito Joel
Vasquez Pinuer, Mauricio
Velásquez S., Luciano

Segundo encuentro con el Derecho

LA UBICACIÓN DEL DERECHO DEL TRABAJO COMO PUBLICO O PRIVADO
Internados en el Derecho vamos en búsqueda del Derecho Laboral HOMBRE>SOCIEDAD>DERECHO – FINES DEL DERECHO- DERECHO HATURAL Y DERECHO POSITIVO. DERECHO POSITIVO Y SU DIVISION EN DERECHO PUBLICO Y DERECHO PRIVADO
DERECHO PUBLICO=PODER HAY QUE LIMITAR EL PODER
Primero SE LIMITA CON EL PRINCIPIO DE LA LEGALIDAD. LA ESTRICTA SUMISION DEL PODER A LA LEY Y SOLO PUEDE HACER LO QUE LA LEY DICE Y NADA, NADA MAS.
Segundo SE DIVIDE EL PODER
JOHN LOCKE (1632-1704) ENSAYO SOBRE EL GOBIERNO CIVIL (1690) SOSTIENE UNA TEORIA DE LOS DERECHOS INDIVIDUALES, INHERENTES A LA PERSONA HUMANA, ANTERIORES Y SUPERIORES AL GRUPO SOCIAL.. ENTRE ESTOS DERECHOS MENCIONA EL DERECHO AL TRABAJO.
CARLOS DE MONTESQUIEU (1689-1755) EL ESPIRITU DE LAS LEYES (1748) SEÑALA QUE SOLO LA DIVISION DEL PODER PRODUCE UN REGIMEN DE LIBERTAD; EL PODER LIMITA AL PODER. “PARA QUE NO SE PUEDA ABUSAR DEL PODER, ES PRECISO QUE EL PODER DETENGA AL PODER”
JUAN JACOBO ROUSSEAU (1712-1778) EL CONTRATO SOCIAL (1762) COMBATE EL PRINCIPIO DE QUE LOS REYES FUEREN LOS TITULARES DE LA SOBERANIA (L’ETAT C’EST MOI LUIS XIV ) LA SOBERANIA RESIDE EN LA NACION. “EL GOBIERNO ES LEGITIMO CUANDO SE BASA EN EL CONSENTIMIENTO Y LA VOLUNTAD DE LOS GOBERNADOS: EL PACTO SOCIAL” “EL PRIMERO QUE CERCO UN CAMPO Y DIJO: ESTO ES MIO, FUE EL PRIMER FACTOR DE LA INFELICIDAD HUMANA”.
LAS IDEAS DE ESTOS PENSADORES SE HICIERON UNIVERSALES y se dice, desencadenaron la REVOLUCION FRANCESA.
ES NECESARIO DIVIDIR AL PODER
EJECUTIVO – ADMINISTRA – - DECRETOS SUPREMOS
LEGISLATIVO – HACE LA LEY – CONGRESO NACIONAL- LEY
JUDICIAL, DIRIME CONFLICTOS- SENTENCIA
TEXTO FUNDAMENTAL DEL EJECUTIVO: ESTATUTO ADMINISTRATIVO
DEL CONGRESO NACIONAL LEY 18.918
DEL PODER JUDICIAL: CODIGO ORGANICO DE TRIBUNALES
ESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO: PRESIDENTE – INTENDENTE – GOBERNADOR – ALCALDE Consejo Consejo Concejales
PRESIDENTE – MINISTROS – SUBSECRETARIOS – JEFES DE SERVICIO (CENTRALIZADOS Y DESCENTRALIZADOS) EMPRESAS DEL ESTADO.
ESTRUCTURA DEL PODER LEGISLATIVO BICAMERAL ESTRUCTURA DEL PODER JUDICIAL. EXCMA. CORTE SUPREMA – CORTES DE APELACIONES – JUZGADOS ORDINARIOS JUZGADOS DE GARANTIA, JUZGADOS ORALES, JUZGADOS DE POLICIA LOCAL, JUZGADOS DE LA FAMILIA, JUZGADOS MILITARES. JUZGADOS DEL TRABAJO Antes de terminar este encuentro, recapitulemos la parte especial, esto es, la que se refiere a lo específico de este curso.
EL CODIGO DEL TRABAJO.
EL DERECHO, SUS NORMAS TIENEN estructura piramidal,
Constitución
Ley, D.L., D.F.L.,
Decretos Supremos,
Decretos,
Resoluciones
Código es una ley, pero una ley que contiene en forma orgánica y sistematizada lo fundamental de una materia determinada. Así, el Código del Trabajo tiene lo más importante en cuanto a normas que rigen el trabajo en las empresas.
El artículo primero del Codigo del Trabajo señala que el Código se aplica a los trabajadores del sector Privado, con lo que se hace la distinción con los funcionarios públicos que normalmente se rigen por el Estatuto Administrativo y sólo si hay algo no normado en dicho estatuto, se aplica el Codigo del Trabajo. Sin embargo, suele aplicarse todo el Código del Trabajo a las Empresas del Estado, porque normalmente dichas Empresas no contemplan en su ley orgánica sino muy pocas normas para los que trabajan en ellas. El artículo segundo es el reflejo de las normas que sobre el Trabajo contiene la ley más importante de la República: La Constitución. La Constitución asegura a todas las personas en su artículo 19 N° 16, la libertad de trabajo y su protección, asegura una justa retribución (por eso el Código en su artículo 44 señala como mínima justa retribución el ingreso mínimo hoy de $165.000.-) La Constitución prohibe las discriminaciones y el Código las detalla como motivos no permitidos de raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional u origen social
La Constitución en su art. 19 N°19 les permite a los trabajadores que quieran sindicarse, esto es unirse y tener esa unión personalidad jurídica en forma muy fácil. Los trabajadores pueden negociar colectivamente
El artículo 19 N° 18 de la Carta Fundamental, establece el derecho a la seguridad social. Lo más importante está en el artículo 2° del Código del Trabajo cuando reflejando a la Constitución señala que corresponde al Estado amparar al trabajador y velar por el cumplimiento de las normas laborales. ES DECIR EL DERECHO DEL TRABAJO EXISTE, TIENE SU RAZON DE SER EN LA PROTECCION DEL TRABAJADOR. EL DERECHO DEL TRABAJO POR REGLA GENERAL DEFIENDE A UNA DE LAS PARTES AL TRABAJADOR. MEDITEMOS EN ELLO Y PENSEMOS AL RESPECTO QUE EL DERECHO PRIVADO, UNA DE LAS GRANDES RAMAS DEL DERECHO CONTEMPLA COMO ESENCIAL LA IGUALDAD DE LAS PARTES ¿PODRA ENTONCES EL DERECHO DEL TRABAJO SER DERECHO PRIVADO?

CONCEPTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO.EL DERECHO PUBLICO Y EL DERECHO PRIVADOCONCEPTO DEL DERECHO FUE NUESTRA PRIMERA CONVERSACION. CONCEPCIONES DE GRANDES PENSADORES NOS DIERON UNA BUENA IDEA DE LO QUE ES EL DERECHO.
EL DERECHO ES TAN EXTENSO QUE PODEMOS INGRESAR A ESTUDIARLO DESDE VARIAS PERSPECTIVAS.
HOMBRES DE DERECHO FUERON MOISES, SALOMON, JESUS, MAHATMA GANDHI, ARTURO PRAT, ALBERTO HURTADO, CARDENAL RAUL SILVA HENRIQUEZ, UN GRAN NUMERO DE PRESIDENTES DE CHILE.
PERO CONCRETAMENTE OTRO PUNTO DE VISTA PARA INGRESAR AL DERECHO ES QUE TODO LO QUE HACEMOS CADA DIA ESTA REGIDO POR EL DERECHO.
SI VAMOS A NUESTRO TRABAJO EN UN MEDIO DE LOCOMOCION, LO HACEMOS CELEBRANDO UN CONTRATO DE TRANSPORTE.
EL PAN DE CADA DÍA LO CONSEGUIMOS CON UN C0NTRATO DE COMPRAVENTA.
EL HOMBRE SE CASA Y CELEBRA UN CONTRATO DE MATRIMONIO, etc., etc.
EL DERECHO NATURAL LO HEMOS VISLUMBRADO Y NOS ADENTRAMOS EN EL DERECHO POSITIVO, PENSANDO CLARO ESTA EN CHILE, Y NOS ENCONTRAMOS CON LA GRAN DIVISION DEL DERECHO POSITIVO, EN PUBLICO Y PRIVADO.
UNA FORMA CLARA Y FACIL DE RECORDAR ESTOS CONCEPTOS ES LA SIGUIENTE: DERECHO PUBLICO ES EL REFERIDO AL PODER.
DERECHO PRIVADO ES EL REFERIDO A LAS RELACIONES ENTRE PARTICULARES.
EL DERECHO PUBLICO.ALGUIEN TIENE QUE MANDAR EN TODA SOCIEDAD Y ENTONCES HAY UN DERECHO PUBLICO:QUIEN EJERCE EL PODER PUEDE DISPONER INCLUSO DE NUESTRAS VIDAS, POR ELLO LAS PRINCIPALES NORMAS DEL DERECHO PUBLICO SON AQUELLAS QUE LIMITAN AL PODER Y ELLO SE HACE DE DOS MANERAS.
PRIMERO EL PODER DEBE RESPETAR ABSOLUTAMENTE LA LEY Y SOLO PUEDE HACER LO QUE LA LEY DICE Y NADA MAS: PRINCIPIO DE LEGALIDAD.ESTE PRINCIPIO LO RECOGE NUESTRA CARTA FUNDAMENTAL EN SU ARTICULO 7 INCISO 2° "NINGUNA MAGISTRATURA, NINGUNA PERSONA NI GRUPO DE PERSONAS PUEDEN ATRIBUIRSE, NI AUN A PRETEXTO DE CIRCUNSTANCIAS EXTRAORDINARIAS, OTRA AUTORIDAD O DERECHOS QUE LOS QUE EXPRESAMENTE SE LES HAYAN CONFERIDO EN VIRTUD DE LA CONSTITUCION O LAS LEYES”Y LUEGO ESTE ARTICULO dice: “TODO ACTO EN CONTRAVENCION A ESTE ARTICULO ES NULO Y ORIGINARA LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES QUE LA LEY SEÑALE.”
EL DERECHO EN CUANTO A NORMAS: LA JERARQUIA
CONSTITUCION (2/3 O 3/5 PARL. EJERC. PARA SU MODIFICACION )
LEYES INTERPRETATIVAS DE LA CONSTITUCION (3/5 PARL. EJERC.)LEYES ORGANICAS CONSTITUCIONALES (4/7 PARL. EJERC )LEYES DE QUORUM CALIFICADO (MAYORIA. PARL. EJERCICIO )
LEYES DECRETOS LEYES, DECRETOS CON FUERZA DE LEY
REGLAMENTOS-
DECRETOS SUPREMOS
DECRETOS
RESOLUCIONES
DOS PRINCIPIOS SENCILLOS DEL DERECHO, EN RELACION CON LA RELACION DE LAS DIVERSAS CLASES DE NORMAS ENTRE SI.
LAS COSAS SE DESHACEN DE LA MISMA MANERA QUE SE HACEN
EL QUE PUEDE LO MAS, PUEDE LO MENOS.

viernes, 14 de agosto de 2009

PROGRAMA DE DERECHO LABORAL

PROGRAMA DE LA ASIGNATURA
EL DERECHO DEL TRABAJO.DESCRIPCIÓN ASIGNATURA: Nociones preliminares sobre el Derecho, las ramas del Derecho y la ubicación del Derecho Laboral; contrato de trabajo; las partes en el contrato de trabajo, Distintas clases de empleadores, Sociedades, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada; jornada de trabajo, terminación del contrato de trabajo; derechos de los trabajadores; Contrato Colectivo, Organización Sindical, Negociación Colectiva; Justicia Laboral; nociones de Seguridad Social. Comparación entre trabajadores del sector privado y funcionarios públicos.
Período Académico un semestre
Horario fijado por la EscuelaProfesor Responsable ARTURO RUIZ SYMMES, abogado.
2.- OBJETIVO DEL CURSO.
2.1 Objetivos Generales:2.1.1. Proporcionar a los alumnos los fundamentos teóricos y de métodos para la comprensión de los textos legales atinentes.
2.1.2. Capacitar a los alumnos para que conozcan la forma en que deben ser analizados y ponderados los conflictos empleador-trabajador. Deberán distinguir la procedencia de lo que se solicita y los montos reales comprometidos en un conflicto laboral. Entender los principios de autonomía de la voluntad, dirigismo contractual, irrenunciabilidad de derechos, primacía de la realidad y principio “in dubio pro operario” . Conocer El Derecho de Tutela y su trascendencia.
2.1.3 Proporcionar al futuro profesional los elementos que le permitan actuar con seguridad y decidir correctamente sobre el personal a su cargo y los derechos y deberes del personal de las Empresas que asesore. Debe distinguir entre relaciones individuales de trabajo y contrato colectivo de trabajo
2.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS:
2.2.1 Debe el alumno conocer perfectamente los aspectos esenciales del Código del Trabajo y de los textos legales a los que éste se remite o con los que se relaciona.
2.2.2. El alumno debe analizar y ponderar en sus aspectos esenciales las situaciones jurídicas que se produzcan en lo laboral.
2.2.3. El alumno debe conocer las características más importantes que presenta el trabajo en Chile desde el punto de vista jurídico.
2.2.4 El alumno debe conocer con precisión el ámbito de competencia y facultades de la Inspección del Trabajo y de la Justicia Laboral.
3. METODOLOGIA DE TRABAJO.Método expositivo, de participación, de discusión de casos prácticos y el conocimiento efectivo de los Tribunales de Justicia, el procedimiento ante ellos y alegatos.Visita a la Inspección del Trabajo. Visita a los Tribunales. Visita a la Corte.
4.CONTENIDOS DEL CURSO.
4.1 Nociones preliminares de Derecho del Trabajo. El Hombre, la Sociedad y el Derecho. El Derecho Natural y el Derecho Positivo. La Moral y el Derecho. El Derecho Público y el Derecho Privado, sus ramas. Ubicación del Derecho del Trabajo dentro de la estructura jurídica. El Trabajo y la Historia. La Historia y los fenómenos sociales. La cuestión social, Las Doctrinas Sociales. El trabajo en Chile. El Derecho del Trabajo y sus características. La evolución del Derecho del Trabajo y la TUTELA HOY.
4.2 El contrato de trabajo. Requisitos Generales de todo contrato. La Capacidad para contratar. El consentimiento. Los vicios del Consentimiento. El contrato de trabajo, concepto, naturaleza y características. Contrato individual y colectivo. Clases de Contrato de trabajo y vigencia del mismo. El término del contrato de trabajo. Procedencia de indemnizaciones.4.3 La protección de los trabajadores, la mujer embarazada, el dirigente sindical, el menor, la mujer. LA TUTELA O PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL TRABAJADOR
4.4 El Sindicato, nacimiento, finalidad, dirigentes, funciones, Asamblea, patrimonio, disolución.4.5 El conflicto colectivo del trabajo. Contrato Colectivo, mediación, arbitraje, huelga, término del conflicto. El Convenio Colectivo.4.6 El juicio Laboral, sus características y elementos propios.4.7 El trabajador regido por el Código del Trabajo y su comparación con el funcionario público.4.8 La seguridad Social. Elementos esenciales.
5.- REQUISITOS DE ASISTENCIA.MÍNIMO DE 70%.6.-
EVALUACION. 3 pruebas escritas de igual valor. Una prueba recuperativa libre que reemplaza a la de menor valor. Se interrogará clase a clase. Todas las notas de interrogaciones en clase, orales o escritas (éstas sin aviso)en su conjunto tendrán un valor de 25% y en tal evento cada prueba tendrá un valor de un 25%.
A) Primera prueba 23 de Octubre
B) Segunda prueba 20 de Noviembre.
C) Tercera Prueba 11 de Diciembre
D) Optativa 28 de Diciembre
E) Examen 5 de Enero. Examen segunda convocatoria 16 Enero
7.-BIBLIOGRAFIA. Código del Trabajo.-
Constitución Política de la República.-
Código Civil.-
Código del Trabajo Interpretado, Editorial Punto Lex 2009
Codigo del Trabajo permanentemente actualizado del Boletín Oficial de la Asociación de Profesionales de la Dirección del Trabajo
Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Héctor Humeres Noguez. Editorial Jurídica de Chile Edición última.- (3 Tomos)
Manual de Derecho del Trabajo. William Thayer y Patricio Novoa (4 Tomos)
La Quiebra y los Derechos de los trabajadores. Carlos Pedreros Guenante. Editorial Jurídica Conosur Edición última.-
Nueva Legislación Laboral. Departamento de Proyectos Jurídicos. Arcángel Ediciones.
Derecho de Seguridad Social. Patricio Novoa Fuenzalida. Editorial Jurídica de Chile. Ultima Edición
El nuevo régimen laboral. Ramón Rivas Guzmán. Editorial Jurídica de Chile.
Nueva Legislación Laboral. Lamberto Cisternas y otros. Editorial Rerum
Nuevo Código del Trabajo. Contreras y otros. Editorial Publiley
Nueva legislación sobre salud y previsión social. Patricio Novoa Fuenzaliza. Editorial Jurídica de Chile.
Análisis del sistema de fondos de pensiones, Eduardo Miranda S. y Eduardo Rodríguez, Editorial Jurídica, última edición.
El despido laboral, Manuel Vivanco, Editorial Jurídica, última edición
Principios de Derecho Internacional del Trabajo, Manuel Montt B., Ed. Jurídica, última edición
Régimen Legal del Nuevo Sistema de Pensiones, Guillermo Arthur E., Ed. Jurídica.
La negociación colectiva, Oscar Gajardo Uribe, Ediciones Jurídicas, última edición.
Texto y Comentario del Código del Trabajo; William Thayer Arteaga, Ed. Jurídica, última edición.
La infracción Laboral y el Delito Provisional, Mario Garrido Méndez, Editorial Cono Sur,
Manual de Derecho del Trabajo, Irene Rojas Miño, Editorial Lexis Nexos; Manual de Negociación, Mario Shilling Fuenzalida, Editorial Jurídica La Ley, Régimen Jurídico del Crédito Social de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, Gonzalo Fuentealba Galloso; Ediciones Jurídicas La Ley, El Despido en el Código del Trabajo, Daniel Nadal Serri, Editorial Lexis Nexis,
Reforma Procesal del Trabajo, Claudio Candia Guzmán, Editorial Metropolitana, última edición
El nuevo régimen de subcontratación, Alejandro Mejía Correa, Editorial Metropolitana
El trabajo a tiempo parcial, Eduardo Caamaño Rojo, editorial Lexis Nexis.
Derecho del Trabajo, Luis Lizama Portal, editorial Lexis Nexis.
El Procedimiento de Tutela de Derechos Laborales, Sergio Gamonal Contreras, Editorial Lexis NexisDaño moral en el contrato de trabajo, Sergio Gamonal Contreras, Editorial Lexis Nexis
REVISTAS:
Revista Jurídica del Trabajo
Revista Laboral Chilena
Revista Internacional del Trabajo
Boletín Oficial de la Dirección del Trabajo.
Boletín Oficial de la Asociación de Profesionales de la Dirección del Trabajo.
Consultor Práctico laboral y seguridad social Editorial Punto Lex
Latrib. Publicación mensual del Grupo Laboral Tributario
Atención a alumnos:Todos los viernes de 12 a 13,30 horas en Pérez Rosales 642, Of. 34 Consultas por e-mail cualquier hora arturo.ruiz@surnet.cl
Resumen de cada clase en sitio: www.derechotutelar.blgospot.com


Primer encuentro de Derecho Laboral
EL DERECHO.
Conversaremos sobre algunas instituciones del Derecho Laboral o el Derecho del Trabajo,
NOCIONES GENERALES DE DERECHO. Si vamos a estudiar alguna rama del Derecho, lo primero que debemos hacer es ubicarla, dentro de la Estructura General del Derecho y ello nos obliga a algunas precisiones.HOMBRE-SOCIEDAD-DERECHO.El Hombre no se concibe aislado. Robinson Crusoe es una concepción novelada por la pluma de Daniel Defoe de una tragedia, pues la realidad es que ello deriva de un castigo a un hombre, Alexander Selkirk, abandonado en una de las Islas del Archipiélago Juan Fernández.“El que puede bastarse a sí mismo y no necesita vivir en Sociedad, no participa de la naturaleza humana, es una bestia o es un Dios.” (Aristóteles, Política, Libro I, Capítulo II )No se trata sólo de una expresión feliz del filósofo: JESUS, BUDA, hicieron en sí, carne dicho concepto, pues ambos, antes de iniciar sus respectivos ministerios vivieron la soledad, y tampoco es algo etéreo al margen de la realidad, pues en años relativamente recientes tenemos a MAHATMA GANDHI, quien también se perdía en la inmensa India, antes de liberarla con su no violencia, del imperio más poderoso de su época.Todo esto para convenir que la existencia del Hombre, determina la necesaria existencia de la SociedadEL HOMBRE DEBE VIVIR EN SOCIEDAD.ROUSSEAU: “El Hombre es bueno, la Sociedad le corrompe”THOMAS HOBBES: “El Hombre es el Lobo del Hombre”CARNELUTTI: “El Hombre teme más al Hombre, de lo que teme a Dios”En consecuencia, sea bueno o malo el Hombre, en todo caso debe existir el Derecho, esto es, normas que le rijan.FINES DEL DERECHO:ORDEN: Cada uno ocupe el lugar que le corresponde y realice las funciones que le son propias.PAZ: estado de pública armonía y tranquilidadSEGURIDAD: garantía de que toda persona y sus bienes no serán objeto de violencia o despojo y que si ello ocurre, habrá castigo para el que lo haga.JUSTICIA: (CONFUCIO y ULPIANO) Dar a cada uno lo suyoTODOS ESTOS FINES APUNTAN AL BIEN COMUN, fin propio de todas las disciplinas sociales.El Derecho es un sistema de normas destinado a regir la convivencia colectiva en orden al bien común.Este es un concepto del Derecho comúnmente aceptado, pero nosotros estudiaremos principalmente, Derecho del Trabajo, y, en consecuencia, dentro del amplio ámbito del Derecho, debemos ubicar nuestra disciplina.DERECHO NATURAL Y DERECHO POSITIVO.La primera elucubración, el primer matiz de precisión cuando se ingresa al mundo del Derecho es distinguir entre DERECHO NATURAL Y DERECHO POSITIVO-DERECHO NATURAL: Los preceptos de la moral referidos al bien común. Todo hombre normal distingue perfectamente el bien del mal, y por naturaleza conoce un conjunto de preceptos jurídicos universales e inmutables. Todo Hombre tiene impreso en su corazón las normas fundamentales.DERECHO POSITIVO: El que rige en un momento determinado en una sociedad específica ¿El DERECHO NATURAL COINCIDE CON EL DERECHO POSITIVO?LA PENA DE MUERTE EL ABORTO LA EUTANASIA LA EUGENESIA HOY ANTE EL AVANCE INCREIBLE DE LA CIENCIA MEDICA. EN OTRO PLANO, EL DIVORCIO.LAS NORMAS DE DERECHO Y LAS DEMAS NORMAS, DE TRATO SOCIAL, LAS NORMAS MORALES. EL “EXTREMISMO” EN EL DERECHO: JUAN AMADEO FICHTE (1762-1814) propone no sólo que el Derecho y la Moral no coinciden (que tiene que ver la moral con que los carruajes tomen su izquierda o su derecha) sino que se contraponen ( Mi moral cristiana me dice que si me pegan en una mejilla, ponga la otra, el Derecho en cambio, me dice que al que me pega lo meta preso)Naturalmente esto es una excepción, lo CORRECTO SEGÚN LOS AUTORES ES QUE LA MORAL Y EL DERECHO DEBEN COINCIDIR SIEMPRE.Lo que ocurre es que el Hombre por su imperfección, no aprehende con exactitud la Norma Moral, y si la norma fuere perfecta, es aplicada por los Hombres, que son imperfectos.LAS NORMAS JURIDICAS En la Sociedad hay múltiples normas, como distinguir las que nos interesan, la jurídicas de las demás, esto es de las simplemente morales, o de las de trato social o de las religiosas, u otras.ALGO PROPIO DE LA NORMA JURIDICA:LA COACCION: Fuerza legítima que acompaña al Derecho para hacer exigibles sus obligaciones y eficaces sus preceptos.LA COERCION: Se refiere al Castigo para el incumplidor.El buen ciudadano debe obedecer incluso las leyes malas, para no estimular al mal ciudadano a violar las buenas (SOCRATES, que fiel a su pensamiento, se inmola. Es precursor de los mártires del pensamiento. Pudiendo evitar la muerte con el destierro, prefiere beber la cicuta)
FRASE PARA NO OLVIDAR: DE THOMAS HOBBES: “homo homini lupus”
FRASE QUE SE ENSEÑA EN LA PRIMERA CLASE DE DERECHO :“Ubi societas ibi Ius”
BIOGRAFIA QUE CONVIENE CONOCER JUAN JACOBO ROUSSEAU (1712-1778)

alumnos asistentes

Aranda S., Tomás
Arriagada, Carolina
Burgos, Alonso
Carrillo, Soledad
Cea Almonacid Paulina
Díaz, Felipe
Döerner Poveda, Luis
Flores González, Diego
Gómez Muñoz, Camila
Gutierrez H., Héctor
Jaramillo Guíñez Aaron
Lehnebach, Guillermo
Lehnebach, Ignacio
Levin R., Nelson Ignacio
Muñoz Cadagán, Andrés
Ovando, Esteban
Peña Droguett, Jonathan
Pustela Jara, Miguel
Salazar, Ignacio
Segovia, Gabriela
Sotomayor, Carolina
Torres Becerra, Mª Fernanda
Troncoso, Nicole
Valdebenito Joel
Vasquez Pinuer, Mauricio
Velásquez S., Luciano

primera clase

en la primera clase sólo se tocarán aspectos generales